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CASO CONVENIOS: LAS RESPONSABILIDADES BAJO INVESTIGACIÓN Y LAS DIFERENCIAS ENTRE SUS PROTAGONISTAS

 

ProCultura, Democracia Viva y otras fundaciones quedaron bajo la lupa por convenios financiados con recursos públicos. Sin embargo, las causas no son iguales: cambian los hechos investigados, los delitos atribuidos y la situación procesal de cada involucrado. ¿Qué se les imputa, qué se ha establecido judicialmente y qué sigue pendiente?

 Editorial RancaguaTV / Imágen Inteligencia Artificial 


El denominado Caso Convenios se convirtió en uno de los mayores cuestionamientos recientes a los mecanismos de transferencia de recursos públicos hacia entidades privadas sin fines de lucro.

Lo que comenzó en 2023 con las revelaciones sobre los convenios suscritos entre la Seremi de Vivienda de Antofagasta y la Fundación Democracia Viva terminó abriendo distintas líneas de investigación en varias regiones del país. En ellas se examinan acuerdos para ejecutar programas habitacionales, culturales, sociales y de salud mental, junto con las condiciones en que se seleccionó a las organizaciones receptoras y el destino de los recursos transferidos.

El punto central no consiste únicamente en determinar si una fundación cumplió sus compromisos. La investigación penal busca establecer si existieron conductas que constituyan delitos, quiénes participaron en ellas y si se produjo un perjuicio para el patrimonio público o privado.

Para comprender el alcance del caso es necesario distinguir entre las observaciones administrativas, los incumplimientos contractuales, las imputaciones formuladas por el Ministerio Público y las responsabilidades que finalmente puedan establecer los tribunales.

 

PROCULTURA: UNA FUNDACIÓN, DISTINTOS CONVENIOS Y VARIAS ARISTAS JUDICIALES

La Fundación ProCultura, dirigida ejecutivamente por Alberto Larraín, recibió recursos para desarrollar proyectos con organismos públicos y otras entidades. Sus convenios dieron origen a investigaciones diferentes, que no deben confundirse como si correspondieran a una sola imputación contra todas las personas vinculadas a la organización.

Una de las aristas más conocidas es la relacionada con el Gobierno Regional Metropolitano y el programa de prevención del suicidio Quédate, financiado mediante un convenio de aproximadamente $1.684 millones.

La Fiscalía investigó las condiciones en que se suscribió el acuerdo, la capacidad de la fundación para ejecutar el programa, la utilización de los recursos y las eventuales responsabilidades de quienes intervinieron en el proceso.

El Ministerio Público sostuvo que existían antecedentes que justificaban investigar un posible fraude al fisco. La causa llegó a involucrar tanto a personas relacionadas con ProCultura como a funcionarios y colaboradores vinculados al Gobierno Regional.

En enero de 2026, Alberto Larraín, María Constanza Gómez Cruz, María Teresa Abusleme Lama, Evelyn Andrea Magdaleno Gutiérrez y Gabriel Padro Acuña fueron formalizados por fraude al fisco en esta arista, según informó la Fiscalía.

La formalización significa que el Ministerio Público comunicó ante un tribunal los hechos que atribuye a cada imputado y su eventual calificación penal. No equivale a una condena.

 

CLAUDIO ORREGO: POR QUÉ SU SITUACIÓN JUDICIAL ES DIFERENTE

La participación investigada de Claudio Orrego, gobernador de la Región Metropolitana, requiere un tratamiento separado.

La Fiscalía solicitó su desafuero para avanzar en una eventual formalización por presunto fraude al fisco, en relación con el convenio entre el Gobierno Regional Metropolitano y ProCultura. Entre los antecedentes examinados se encontraban las circunstancias de asignación de los recursos, la relación entre la autoridad y Alberto Larraín y la ejecución del programa Quédate.

Sin embargo, la situación judicial cambió durante 2026. El 17 de febrero, la Corte de Apelaciones rechazó la solicitud de desafuero. Posteriormente, el 2 de junio, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago decretó el sobreseimiento definitivo de Orrego en esta causa.

Esta resolución constituye una diferencia esencial respecto de las personas que sí fueron formalizadas por los hechos investigados en ProCultura.

Por consiguiente, no corresponde presentar a Orrego como si actualmente enfrentara una formalización o una acusación penal equivalente a la de los demás involucrados. Su sobreseimiento definitivo debe ser respetado y descrito con precisión.

Al mismo tiempo, la resolución sobre Orrego no determina automáticamente el destino judicial de los otros imputados ni resuelve todas las aristas relacionadas con ProCultura. Cada persona tiene una situación procesal propia y cada convenio debe examinarse conforme a sus antecedentes.

 

ALBERTO LARRAÍN: QUÉ SE INVESTIGA EN LA ARISTA ANGLO AMERICAN

El 19 de octubre de 2026 se produjo un nuevo avance judicial en una causa relacionada con ProCultura. La Fiscalía Regional de Antofagasta formalizó a Alberto Larraín y María Constanza Gómez Cruz por el presunto delito reiterado y consumado de apropiación indebida, en la arista vinculada a Anglo American.

La investigación comprende cinco convenios suscritos entre 2021 y 2023 para financiar iniciativas culturales en Rinconada, Catemu, Llay Llay y Nogales, además de un programa de bienestar y salud mental perinatal en Tiltil.

Según los antecedentes expuestos por el Ministerio Público durante la formalización, los convenios establecían que los recursos debían destinarse exclusivamente a los proyectos comprometidos. También contemplaban informes de gestión, rendiciones de cuentas, productos asociados a la ejecución y mecanismos de seguimiento.

La Fiscalía sostuvo que la fundación no acreditó debidamente la ejecución de las labores comprometidas, que los recursos no fueron rendidos en su totalidad y que parte del dinero habría sido destinado a fines distintos de los convenidos.

El perjuicio atribuido en esta imputación asciende a $471.554.412.

Ambos imputados quedaron sujetos a firma mensual, arraigo nacional y prohibición de comunicarse entre sí, con un plazo de investigación de 80 días.

La existencia de medidas cautelares no demuestra culpabilidad. La imputación deberá ser examinada durante el procedimiento y la responsabilidad penal solo podrá establecerse mediante una resolución judicial fundada.

 

¿POR QUÉ SE HABLA DE FRAUDE AL FISCO EN UNA ARISTA Y DE APROPIACIÓN INDEBIDA EN OTRA?

Los nombres de los delitos no son intercambiables. Cada figura penal exige elementos específicos que deben acreditarse.

Fraude al fisco: esta figura se relaciona con conductas fraudulentas que perjudican el patrimonio fiscal y con los requisitos legales relativos a la intervención de funcionarios públicos y de otras personas. En cada caso es necesario establecer cuál fue la conducta atribuida, quién la ejecutó y cómo se habría producido el perjuicio.

Apropiación indebida: se refiere, en términos generales, a la apropiación o distracción de dinero u otros bienes recibidos bajo un título que obliga a entregarlos o devolverlos, cuando concurren los elementos exigidos por la legislación penal.

Lavado de activos: requiere investigar operaciones relacionadas con bienes de origen ilícito y conductas destinadas a ocultar o disimular ese origen, en los términos previstos por la ley. Una transferencia bancaria o un movimiento de dinero no constituyen por sí solos prueba de este delito.

Una misma organización puede aparecer en distintas investigaciones y sus responsables pueden enfrentar imputaciones diferentes según los hechos examinados. Por eso es indispensable identificar el convenio, la conducta y la participación que se atribuye a cada persona.

 

DEMOCRACIA VIVA: EL CASO QUE DESENCADENÓ LA INVESTIGACIÓN

La arista Democracia Viva se originó en tres convenios suscritos en 2022 entre la Seremi de Vivienda y Urbanismo de Antofagasta y la fundación presidida por Daniel Andrade, por un total aproximado de $426 millones.

Los acuerdos estaban destinados a desarrollar trabajos relacionados con campamentos y programas de habitabilidad. Las condiciones de asignación, los requisitos de la organización receptora, las actuaciones de los funcionarios que intervinieron y la ejecución de los proyectos se convirtieron en el centro de la investigación.

La Fiscalía formalizó a Daniel Andrade, representante de la fundación, y a Carlos Contreras, entonces seremi de Vivienda y Urbanismo, por presuntos delitos de fraude al fisco.

Entre los antecedentes expuestos por el Ministerio Público figuraba que Contreras habría intervenido en la preparación y celebración de los convenios de manera incompatible con sus deberes funcionarios y que la fundación no habría reunido las condiciones requeridas para recibir los recursos en las circunstancias del caso.

La investigación también puso atención en los vínculos personales y políticos relacionados con la asignación de los convenios. La existencia de una relación personal o partidaria no constituye, por sí sola, un delito; su relevancia penal depende de los actos concretos que se acrediten y de su relación con la legislación aplicable.

La causa se amplió posteriormente a otros convenios y fundaciones, entre ellas Fibra, TomArte y la Fundación para la Superación de la Pobreza, conocida como Fusupo.

En agosto de 2025, la Fiscalía informó el cierre de la investigación en las aristas agrupadas de Democracia Viva, Fibra, Fusupo y TomArte, con miras a presentar acusación. En 2026 se produjeron actuaciones judiciales relacionadas con la competencia territorial para conocer la causa.

Estos antecedentes muestran que la investigación avanzó hacia una etapa acusatoria. Sin embargo, la acusación del Ministerio Público no equivale a una sentencia condenatoria: corresponde al tribunal resolver la responsabilidad de las personas acusadas conforme a las pruebas rendidas.

 

URBANISMO SOCIAL, TOMARTE Y MOVIMIENTO FIRMA: LOS OTROS CONVENIOS CUESTIONADOS

La investigación sobre las transferencias de recursos públicos en Antofagasta también alcanzó a otras fundaciones vinculadas a programas de asentamientos precarios.

En enero de 2024, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo informó el término anticipado de convenios con Urbanismo Social, TomArte y Movimiento Firma y la exigencia de restituir más de $1.110 millones, según antecedentes difundidos por la prensa nacional.

Las organizaciones habían suscrito acuerdos relacionados con programas habitacionales y sociales. Entre los aspectos cuestionados estuvieron los procedimientos de selección, las condiciones de ejecución y la utilización de los recursos.

Estos antecedentes deben interpretarse con cautela. El término anticipado de un convenio o la solicitud de devolución de dinero constituyen actuaciones administrativas y contractuales; no demuestran por sí mismas que los representantes de una fundación hayan cometido fraude al fisco u otro delito.

Para atribuir responsabilidades penales es necesario precisar qué hechos fueron formalizados, quiénes son los imputados en cada arista y qué resoluciones judiciales se han dictado. No es correcto extender automáticamente a todas las fundaciones las imputaciones formuladas en Democracia Viva.

 

EL CASO DE CAMILA POLIZZI Y LA FUNDACIÓN EN TI

En la Región del Biobío surgió otra investigación de relevancia pública relacionada con recursos destinados a proyectos sociales y con la participación de la Fundación En Ti.

La causa vinculada a Camila Polizzi examinó el destino de fondos públicos transferidos en el marco de un proyecto financiado por el Gobierno Regional del Biobío, así como las operaciones y rendiciones asociadas a su ejecución.

El caso dio lugar a actuaciones penales que deben analizarse de acuerdo con los cargos específicos formulados contra cada involucrado y con el estado procesal correspondiente.

La comparación con ProCultura y Democracia Viva resulta pertinente porque permite examinar problemas semejantes en el control de recursos públicos. Sin embargo, no autoriza a concluir que se trate de una trama única ni que las personas involucradas hayan actuado bajo el mismo mecanismo delictivo.

La situación procesal actual de cada imputado de esta causa debe verificarse directamente en las resoluciones judiciales más recientes antes de publicar una actualización sobre sus cargos o eventuales condenas.

 

EL DESTINO DE LOS RECURSOS: ¿QUIÉN RECIBIÓ FINALMENTE EL DINERO?

Más allá de los convenios suscritos y de las rendiciones presentadas, una de las preguntas fundamentales en las investigaciones sobre transferencias públicas es qué ocurrió efectivamente con los recursos una vez que fueron entregados a las fundaciones.

¿Se destinaron íntegramente a los proyectos comprometidos? ¿Qué entidades, proveedores o personas recibieron los pagos? ¿Existieron transferencias posteriores cuya finalidad deba esclarecerse?

Responder estas preguntas requiere examinar las cuentas bancarias, los contratos, las facturas y los antecedentes financieros de cada operación. El objetivo es establecer si los movimientos de dinero corresponden a gastos legítimos de los proyectos o si existen operaciones que requieren una explicación adicional.

La eventual participación de intermediarios, así como la identidad de los beneficiarios finales de determinados pagos, también puede ser relevante cuando existen antecedentes concretos que justifiquen investigarla. Sin embargo, ninguna transferencia constituye por sí sola prueba de una conducta delictiva.

En definitiva, no basta con conocer cuánto dinero recibió una fundación. También es necesario esclarecer cómo se utilizó, quiénes recibieron los pagos y si su destino se ajustó a las obligaciones establecidas en cada convenio.

Es una cuestión central para determinar eventuales responsabilidades y, sobre todo, para que la ciudadanía pueda conocer qué ocurrió con los recursos públicos comprometidos.

 

EL PROBLEMA DE FONDO: CÓMO SE ASIGNAN Y CONTROLAN LOS RECURSOS PÚBLICOS

Más allá de las responsabilidades individuales, las investigaciones han puesto en discusión los mecanismos utilizados por organismos públicos para entregar recursos a fundaciones privadas.

Entre los aspectos que requieren especial atención se encuentran la experiencia y capacidad técnica de las entidades receptoras, la justificación de los convenios, los procedimientos de selección, los eventuales conflictos de interés, los controles sobre la ejecución y la comprobación de los resultados comprometidos.

También resulta fundamental determinar qué mecanismos se activaron cuando aparecieron observaciones sobre las rendiciones, qué montos fueron efectivamente ejecutados, cuáles deben ser restituidos y si existió un perjuicio patrimonial.

Estas preguntas corresponden tanto al ámbito administrativo como al judicial, aunque cada uno tiene objetivos y estándares diferentes. La fiscalización administrativa busca controlar la legalidad y el correcto uso de los recursos; la investigación penal debe acreditar la existencia de delitos y la participación de sus responsables.

 

UNA DISTINCIÓN NECESARIA PARA LA TRANSPARENCIA PÚBLICA

El Caso Convenios no puede reducirse a una lista de fundaciones cuestionadas ni a la identificación de personas vinculadas política o personalmente con ellas.

La cuestión decisiva es establecer qué ocurrió en cada convenio, qué obligaciones se incumplieron, cómo se utilizaron los recursos, qué perjuicio se produjo y qué participación tuvo cada persona.

El sobreseimiento definitivo de Claudio Orrego en la causa que lo involucraba debe distinguirse de las formalizaciones que afectan a otros imputados de ProCultura. Del mismo modo, las acusaciones en Democracia Viva y las investigaciones relacionadas con otras fundaciones deben examinarse según sus antecedentes y resoluciones específicas.

La transparencia exige investigar el destino del dinero público, pero también exige precisión al informar. Ni las relaciones personales prueban por sí solas un delito, ni una imputación equivale a una condena, ni una irregularidad administrativa permite presumir automáticamente responsabilidad penal.

La ciudadanía tiene derecho a conocer cómo se utilizaron los recursos del Estado y quiénes debían supervisarlos. La obligación del periodismo es contribuir a ese escrutinio con documentos, hechos verificables y una distinción rigurosa entre lo que se investiga, lo que sostiene la Fiscalía y lo que la justicia ha resuelto.


Fuentes de referencia: Fiscalía de Chile; resoluciones judiciales relativas a las causas mencionadas; y antecedentes publicados por medios nacionales, entre ellos Cooperativa, CNN Chile, BioBioChile, Emol y La Tercera.

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